El ISSN está indisolublemente asociado al título de la publicación y un cambio en el título implica siempre un cambio de ISSN. Mientras el título no sufra cambios o variaciones el ISSN se mantiene y debe imprimirse en cada fascículo o volumen de la publicación; si el título cambia (aunque sea mínimamente) es necesario solicitar un nuevo ISSN y no se debe seguir utilizando el anterior.
Aunque los editores no están legalmente obligados a solicitar el ISSN son muchas las ventajas que comporta: El ISSN permite identificar en todo el mundo, de una forma unívoca y sin ambigüedades, una publicación seriada, cualquiera que sea el país de edición o la lengua de la misma y sin importar que otras publicaciones seriadas lleven un título igual o parecido. Por ello el ISSN es un elemento básico en todos los procesos de información, comunicación, control y gestión referentes a la publicaciones seriadas.
Asegura un medio de identificación preciso e inmediato cuando se hace un pedido. Permite un método de comunicación rápido y eficaz entre editores, distribuidores, libreros y agencias de suscripción, mejorando sus circuitos de venta. El ISSN puede servir para la construcción de los códigos de barras de las publicaciones seriadas. La asignación de un ISSN comporta también la inclusión de los datos de la publicación en la Base de datos internacional del ISSN. Esta base de datos es, por su volumen (alrededor de 750.000 registros en 1996), cobertura (mundial) y fiabilidad de sus datos, un recurso informativo esencial sobre las publicaciones seriadas. En las bibliotecas y centros de documentación facilita las operaciones de identificación, adquisición y préstamo. Asimismo la base de datos del ISSN es la fuente más exhaustiva y autorizada para la catalogación de las publicaciones seriadas. Su asignación es completamente gratuita.
El ISSN no está relacionado con los derechos de propiedad de las publicaciones ni de los títulos o cabeceras. Nadie es titular de un ISSN ni la base de datos del ISSN actúa como un registro de la propiedad. La única forma de proteger la propiedad de los títulos o cabeceras es registrarlos en la Oficina de Patentes y Marcas.
El único trámite legalmente obligatorio para las publicaciones seriadas (de hecho, obligatorio para todas las publicaciones) es el Depósito Legal, que debe cumplir el impresor en la Oficina Provincial del Depósito Legal correspondiente. Por ello el Centro Nacional Español del ISSN exige como condición para la asignación del ISSN la previa tramitación del Depósito Legal.
A cualquier publicación seriada, que se define como aquella que bajo un título común se publica en partes sucesivas y para la que en principio existe la intención de que continúe indefinidamente. Normalmente va numerada y/o lleva designación cronológica. Son publicaciones seriadas: revistas, periódicos, boletines, publicaciones anuales (informes, anuarios, directorios, etc.), memorias de sociedades, actas de congresos periódicos, transacciones, etc. También pueden considerarse publicaciones seriadas las series de monografías. Las publicaciones editadas en partes pero que tienen una fecha de finalización predeteminada o un número de partes preestablecidas a priori (Por ej. las colecciones de fascículos o una revista que, con motivo de algún aniversario, sólo se vaya a editar un año) no se consideran publicaciones seriadas y por tanto no son susceptibles de tener ISSN.
Las publicaciones seriadas pueden estar editadas en cualquier soporte. Son publicaciones seriadas no sólo las editadas en papel sino aquellas microfichas, disquetes, CD-ROMS, publicaciones electrónicas, etc. que formen parte de una serie que cumpla con los criterios arriba establecidos en la definición de publicación seriada. Si un mismo título se edita en varios soportes a cada uno de ellos le corresponderá su propio ISSN.
Si una publicación seriada se edita en varias lenguas, a cada una de las ediciones le corresponderá un ISSN distinto.
Si una publicación seriada tiene un suplemento y éste lleva su propia numeración, independiente de la de la publicación principal, también le corresponderá su propio ISSN, distinto del de la publicación de la que depende.
Diferencias
El ISSN (International Standard Serial Number / Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) y el ISBN (International Standard Book Number / Número Internacional Normalizado de Libros) son códigos numéricos de identificación. El ISSN, un número de ocho cifras, identifica las publicaciones seriadas y el ISBN, un número de diez cifras, identifica los libros. Mientras que el ISSN es opcional (el editor no está legalmente obligado a utilizarlo), el ISBN sí es obligatorio si el libro en cuestión entra dentro del ámbito de aplicabilidad del ISBN (para informarse acerca de los criterios de aplicación del ISBN lo mejor es ponerse en contacto con la Agencia Española del ISBN).
El ISSN y el ISBN no son incompatibles: hay publicaciones que pueden llevar ambos, como es el caso de los anuarios, las series de monografías, etc. El ISSN identificará la serie mientras que el ISBN identificará la entrega o volumen concreto. Por tanto, el ISSN se mantendrá igual en las sucesivas entregas o volúmenes de la serie (siempre que el título no sufra ningún cambio) , mientras que el ISBN será distinto para cada una de ellas. En caso de que una publicación cuente con ambos números, ISSN e ISBN, se recomienda imprimirlos juntos, precedido cada uno de ellos por sus respectivas siglas.
Date: Sat, 26 Feb 2000 16:23:13 +0100
¡ OCVLUM TERTIVM ! (El tercer ojo... LA CÁMARA)
Hace 4 años
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